jueves, 11 de abril de 2013

Aspectos a incluir en los contratos de trabajo I

Como señalamos en apuntes laborales de días pasados, es bien importante y recomendable celebrar contratos por escrito con los trabajadores, dada la presunción a favor del trabajador que trae la nueva ley, sobre las afirmaciones realizadas por el trabajador o trabajadora sobre el contenido del contrato, que se presumen como ciertas cuando no exista contrato por escrito. En esta oportunidad les señalaremos algunos aspectos que recomendamos incluir en estos contratos:
• Tomar en cuenta las modificaciones señaladas en la ley a los fines de los derechos relacionados con las Prestaciones Sociales, entre otras modificaciones, por ejemplo, la autorización por parte de EL TRABAJADOR en relación a donde se depositarán su garantía de prestaciones, es decir, si será en la contabilidad de la empresa, en un Fideicomiso o en el Fondo de Prestaciones.
• Se sugiere, si la Empresa otorga los llamados “Viáticos”, que los mismos se incluyan en los contratos y redactar sus regulaciones específicas en estos documentos, para que los mismos constituyan gastos reembolsables y no se conviertan en salario.
• Expresar claramente las funciones del trabajador, esto puede realizarse tanto en el contrato como en anexo aparte, los cuales formarán parte integrante del contrato. Recomendamos esta modalidad por cuanto los anexos pueden ser ampliados o modificados sin que se tenga que realizarse una modificación del texto del contrato, bastará que se plasme en el anexo correspondiente siempre que el trabajador lo suscriba. El hecho de mantenerlos como anexos no hace tan extenso el contrato mismo.
• Igualmente siendo una obligación emanada de la LOPCYMAT, el contrato debe ir acompañado de otro anexo (anexo 2) donde se señale la descripción del cargo así como los riesgos del mismo, esta es la única forma que tiene el patrono de acreditar que le fueron informados los riesgos a cada trabajador.

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