jueves, 11 de abril de 2013

Maternidad y Paternidad

Conforme a la LOTTT, el período de reposo pre y post natal para la madre es de 6 y 20 semanas, respectivamente. Los descansos de maternidad son irrenunciables y pueden acumularse el pre y post natal. Los padres trabajadores también tienen una licencia remunerada de 14 días contados a partir de la fecha del nacimiento del hijo. Para los padres adoptantes, será de 26 semanas desde la colocación. (Ley derogada: el post natal eran 12 semanas para la madre, este período se aumentó a 20 semanas en la nueva ley)
Desde la fecha de la concepción hasta 2 años después del parto la madre goza de inamovilidad. La inamovilidad para el padre también es de 2 años contados a partir del nacimiento del hijo.
La madre tiene derecho a un período para lactancia diaria constituido por 2 descansos diarios de media hora o de 1 ½ hora, dependiendo de la existencia o no de un Centro de Educación Inicial.

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